La Fundación CiEM es una organización sin ánimo de lucro, cuyo patrimonio se destina a la ayuda y atención sanitaria y asistencial de las personas afectadas de Esclerosis Múltiple (EM) y sus familiares así como a la investigación en tecnologías médicas punteras novedosas, como todas las relativas a las células madre adultas en las que la Fundación deposita abiertamente sus esperanzas de solución para la enfermedad.
jueves, 10 de noviembre de 2011
Estadisticas en EM
Artículo de Alberto Reyero
miércoles 9 de noviembre de 2011
Comisión de discapacidad: Accesibilidad universal
lunes, 21 de marzo de 2011
Novedades en la enfermedad de Alzheimer
El declive mental podría comenzar años antes de la enfermedad de Alzheimer |
Un estudio sugiere que las personas que no registran pérdidas rápidas no son propensas a desarrollar la enfermedad |
Con frecuencia, no está claro cuándo comienza realmente la enfermedad de Alzheimer, pero ahora parece que podría ser precedida por un declive cognitivo rápido hasta seis años antes de hacerse evidente, sugiere un estudio reciente. Este deterioro acelerado en la memoria y otras funciones mentales no se observa en personas que no desarrollan la enfermedad de Alzheimer, apuntaron los investigadores. "La enfermedad de Alzheimer tiene un curso mucho más largo y afecta a sustancialmente más personas de lo que se reconoce en general", advirtió el investigador líder Robert S. Wilson, neuropsicólogo principal del Centro de la Enfermedad de Alzheimer Rush en Chicago. "Los resultados proveen más evidencia de la magnitud del problema de salud pública que la enfermedad de Alzheimer y los trastornos relacionados plantean, y subraya la importancia de desarrollar estrategias para retrasar su inicio", señaló. Para el estudio, que aparece en la edición de marzo de la revista Archives of Neurology, el equipo de Wilson evaluó información sobre 2,071 adultos mayores que no tenían demencia y que participaron en dos estudios distintos, lo que incluyó a 1,511 que no mostraban señales de deterioro cognitivo. Los participantes fueron evaluados por funciones cognitivas específicas como la memoria de trabajo, la velocidad perceptual y la capacidad visual y espacial. Durante los 16 años de seguimiento, 462 personas desarrollaron la enfermedad de Alzheimer. "Encontramos que la demencia de la enfermedad Alzheimer es precedida por un promedio de cinco a seis años de declive cognitivo acelerado", comentó Wilson. De hecho, la tasa de declive cognitivo en estos participantes se aceleró más de 15 veces, anotaron los investigadores. "También encontramos que el precursor de la enfermedad de Alzheimer, el deterioro cognitivo leve, es precedido por unos seis años de aumento en el declive cognitivo", dijo. "En contraste, se observó poco declive cognitivo en personas que no desarrollaron estas afecciones". Greg M. Cole, director asociado de investigación del Centro de Investigación Geriátrica Clínica del Centro Médico de Veteranos del área metropolitana de Los Ángeles y profesor de la Universidad de California de la misma ciudad, dijo que el estudio "es importante porque los investigadores tendrán que evaluar las estrategias emergentes de prevención con este tipo de declive precoz y acelerado". Apuntó que qué tan bien un tratamiento ralentiza una tasa precoz de declive podría ser útil en la predicción de métodos de prevención que funcionen. "Si alguna vez lo logramos, sería magnífico porque el costo de los ensayos de prevención depende del número de sujetos y el momento del ensayo", comentó. Y dado que la mayoría de personas que participan en los ensayos no desarrollan enfermedad de Alzheimer, se desperdicia mucho tiempo y dinero, lamentó Cole. Señaló que los ensayos clínicos pueden costar $40 millones o más, incluso los que fracasan. Poder predecir quiénes tienen más probabilidades de desarrollar la enfermedad de Alzheimer permitiría rentabilizar más el asunto. "Si el costo se reduce, por ejemplo, a cinco millones de dólares, se podrían llevar a cabo ocho ensayos por el mismo costo y tener ocho veces más probabilidades de éxito", planteó Cole. "Dado que hay 450,000 nuevos casos de enfermedad de Alzheimer cada año y esa cifra crece, hay que hacer algo así para intentar encontrar algo que funcione y optimizarlo", aseguró. Fuente: Medlineplus |
domingo, 20 de marzo de 2011
ACCESIBILIDAD
Se entiende por accesibilidad la característica del urbanismo, la edificación, el transporte o los medios de comunicación que permite a cualquier persona su utilización y la máxima autonomía personal.
Una buena accesibilidad es aquella que existe pero que pasa desapercibida para la mayoría de usuarios, excepto evidentemente para las personas con graves problemas en su movilidad y/o con limitaciones sensoriales, visuales y/o auditivas.
Al realizar el diseño de los espacios, elementos, transportes y productos que nos envuelven tendremos siempre presente estas características para mejorar la calidad de vida de todos. Si las actuaciones de mejora de la accesibilidad se realizan en entornos, edificios, transportes y medios de comunicación existentes, es cuando tendremos que suprimir las barreras arquitectónicas existentes en ellos.
¿Qué son las barreras arquitectónicas?
Son aquellas trabas, impedimentos u obstáculos físicos que limiten o impiden la libertad de movimientos y autonomía de las personas. Se clasifican en:
BAU: Barreras arquitectónicas urbanísticas. Son aquellas que se encuentran en las vías y espacios libres de uso público; las resolveremos mediante la accesibilidad urbanística.
BAE: Barreras arquitectónicas en la edificación pública o privada. Son aquellas que se encuentran en el interior de los edificios; las resolveremos mediante la accesibilidad en la edificación.
BAT: Barreras arquitectónicas en el transporte. Son aquellas que se encuentran en los medios de transporte; las resolveremos mediante la accesibilidad en el transporte.
BC: Barreras de comunicación. Todo impedimento para la expresión y la recepción de mensajes a través de los medios de comunicación sean o no de masas; las resolveremos mediante la accesibilidad en la comunicación.
¿Por qué tenemos que suprimir barreras arquitectónicas o sensoriales, si es muy caro?
Porque mejoramos nuestra calidad de vida. Resulta caro, solamente en ciertos casos, es decir al rehabilitar un espacio existente, en el que nos encontramos con limitaciones de espacio. Por ello todas las actuaciones de nueva construcción tienen que incorporar la accesibilidad en toda su forma, pues así, pasara desapercibida, se incluirá en los nuevos proyectos y ayudara a todas las personas. Si un deficiente visual, necesita un rotulo con suficiente contraste, esta claro que cualquier persona con un índice de visión normal, lo identificara con mayor claridad.
¿Cuales son los grupos de personas con movilidad reducida y/o limitaciones sensoriales?
Se entiende por persona con movilidad reducida (P.M.R.), aquella que tiene limitada temporalmente o permanentemente la posibilidad de desplazarse.
Se entiende por persona con limitaciones aquella que temporalmente o permanentemente tiene limitada la capacidad de utilizar el medio o relacionarse.
Podemos establecer tres grandes grupos de personas con limitaciones físicas y/o sensoriales:
Ambulantes
Son aquellas que ejecutan determinados movimientos con dificultad, sea con la ayuda o no de aparatos ortopédicos, bastones, etc.
Entre ellos encontramos a:
hemiplégicos, con parálisis total o parcial de una mitad de su cuerpo.
amputados, de una o dos piernas en diversos niveles.
personas con insuficiencia cardíaca o respiratoria.
mujeres embarazadas.
aquellos que llevan cargas pesadas o voluminosas.
los que llevan niños pequeños en brazos o en un cochecito.
enyesados o con vendajes compresivos.
gente mayor con degradación de la su capacidad física y psíquica.
afectados de polio, espina bífida, esclerosis múltiple, parálisis cerebral, y otros tipos de enfermedades con secuelas o malformaciones, en los grados que permitan caminar.
Los principales problemas que afectan este colectivo son:
Dificultad en salvar desniveles y escaleras tanto por problemas musculares como de equilibrio.
Dificultad en pasar por espacios estrechos.
Dificultad en ejecutar trayectos largos sin descansar.
Mayor peligro de caídas por tropiezos o resbalones de los pies o bastones.
Dificultad en abrir y cerrar puertas, especialmente si tienen mecanismos de retorno.
Dificultad para accionar mecanismos que precisan de dos manos a la vez.
Usuarios de silla de ruedas
Son aquellos que precisen de una silla de ruedas par llevar a cabo sus actividades, bien de forma autónoma o con ayuda de terceras personas.
Entre ellos encontramos a:
paraplégicos, con parálisis de la parte baja del cuerpo incluidas las extremidades inferiores, tanto de la parte alta como baja del cuerpo incluidas piernas y brazos.
tetraplégicos, con parálisis tanto de la parte alta como baja del cuerpo, incluidas piernas y brazos.
hemiplégicos, amputados, gente mayor, etc.
imposibilitados para caminar.
grandes afectados de enfermedades (polio, esclerosis, etc.) o malformaciones (espina bífida, etc.).
Los principales problemas que les afectan son:
Imposibilidad de superar desniveles bruscos y escaleras.
Imposibilidad de superar pendientes importantes, peligro de volcar o resbalar.
Limitación de sus posibilidades de alcance manual y visual.
necesidad de espacios amplios para girar, abrir puertas, etc.
Imposibilidad de pasar por lugares estrechos.
Sensoriales
Son aquellos que tienen dificultades de percepción, debido a una limitación de sus capacidades sensitivas, principalmente las visuales o las auditivas.
Entre ellos encontramos a:
ciegos, amblíopes y en general todo tipo de personas con dificultad de visión.
sordos, hipoacústicos y en general todo tipo de personas con trastornos auditivos.
Los principales problemas que encontramos son, para aquellas que tienen dificultades de visión:
Identificación de objetos plurales (botoneras, rótulos, etc.).
Detección de obstáculos (desniveles, elementos salientes, etc.).
Determinación de direcciones y seguimiento de itinerarios.
Los principales problemas que los afectan, por aquellas que tienen dificultades auditivas:
Identificación de señales acústicas (alarmas, voz, timbres, etc.)
En definitiva, estas personas necesitan una buena información escrita y/o auditiva para poder ser autónomos, y a la vez esto repercutirá en una mejor señalización para todos, y evitará posibles accidentes a personas despistadas que puntualmente no ven o no sienten.
¿Cuales son las dificultades con que nos encontramos las personas con movilidad reducida y/o con limitaciones sensoriales?
Dificultades de maniobra
Son aquellas que limitan la capacidad de acceder a los espacios y de moverse dentro de ellos.
Afectan de forma especial a los usuarios de silla de ruedas tanto por las dimensiones de la propia silla que obligan a prevenir espacios más anchos, como para las
características de desplazamiento que tiene una silla de ruedas.
Cinco son las maniobras fundamentales que se ejecutan con la silla de ruedas:
Desplazamiento en línea recta, es decir, maniobra de alcance o retroceso.
Rotación o maniobra de cambio de dirección sin desplazamiento, es decir, sin mover prácticamente de lugar el centro de gravedad.
Giro o maniobra de cambio de dirección en movimiento.
Franquear una puerta. Maniobra especifica que incluye los movimientos necesarios para aproximarse a una puerta, abrirla, traspasar el ámbito y cerrarla.
Transferencia o movimiento para sentarse o salir de la silla de ruedas.
Dificultades para salvar desniveles
Son las que se presentan en el momento en que se pretende cambiar de nivel (bien sea subiendo o bajando), o superar un obstáculo aislado dentro de un itinerario horizontal. Afectan tanto a usuarios de silla de ruedas (imposibilitados de superar desniveles bruscos o con pendientes muy pronunciadas), como los ambulantes (que tienen dificultades con los desniveles bruscos, los itinerarios de fuerte pendiente y los recorridos muy largos).
Básicamente se distinguen tres clases de desniveles:
Continuos o sin interrupción, se encuentran principalmente en las vías públicas y espacios abiertos y obedecen más a las condiciones topográficas que a una intención proyectual.
Bruscos y aislados; responden generalmente a una clara intención proyectual: evitar la entrada de agua (en los accesos des del exterior a locales cubiertos), separar y proteger (en el caso de acera), o conseguir una determinada opción compositiva (escalinata, escaleras, etc.)
Grandes desniveles que responden bien a condiciones topográficas o, con mayor asiduidad, a superposición de niveles (edificios de mas de una planta). Dificultades de alcance Son aquellas que aparecen como consecuencia de una limitación en las posibilidades de llegar a objetos y percibir sensaciones. Afectan principalmente a los usuarios de silla de ruedas (como consecuencia de su posición sedente) y de forma especial a los deficientes sensoriales (visuales y auditivos).
Dificultades de alcance
Se distinguen cuatro clases de dificultades de alcance:
Manual, que afecta de forma primordial a las personas usuarias de silla de ruedas, tanto por su posición sedente que disminuye las posibilidades de disponer de los elementos situados en lugares altos, como por el obstáculo de aproximación que ya de por sí representan las propias piernas y su silla de ruedas.
Visual, que incide principalmente a las personas con deficiencia visual, personas despistadas y también a los usuarios de silla de ruedas al disminuir su altura y el ángulo de visión al estar sentados.
Auditivo, que repercute de forma primordial en los individuos con disminución o perdida de las capacidades auditivas.
Orientación, debido a la falta de señalización tanto visual como auditiva. Afecta a todo tipo de usuarios tengan o no discapacidad.
Dificultades de control
Son las que aparecen como consecuencia de la pérdida de capacidad para realizar acciones o movimientos precisos con los miembros afectados. Inciden tanto en los usuarios de silla de ruedas como en los ambulantes.
Se distinguen dos clases de dificultades de control:
Del equilibrio, que se manifiesta tanto en la obtención como en el mantenimiento de una determinada postura, e incide en los usuarios de silla de ruedas y ambulantes como consecuencia de la afectación de los miembros inferiores.
De la manipulación, que se asocia más a las afectaciones de los miembros superiores
La definición de las dificultades se hace, pues, en función de las condiciones físicas y sensoriales de los individuos y se entiende que en el uso de su entorno aparezcan generalmente todas ellas.
Las limitaciones no se asocian a cada uno de los diversos tipos de edificios, sino a los individuos que actúan y desarrollan sus actividades en ellos.
¿Cómo resolver estas dificultades?
Mediante profesionales que definan los parámetros a que obliga la normativa para resolver:
Las dificultades de maniobra.
Las dificultades para salvar desniveles.
Las dificultades de alcance.
Las dificultades de control
Que padecen continuamente el 30% de la población actual con discapacidades temporales o definitivas en su anatomía y autonomía personal.
viernes, 18 de marzo de 2011
miércoles, 16 de marzo de 2011
Llega a España 'Sativex' (Almirall) para tratar la espasticidad en esclerosis múltiple
MADRID, 14 Mar. (EUROPA PRESS) -
Almirall anuncia que 'Sativex' está ya a disposición de los profesionales de la salud en las farmacias hospitalarias españolas. Se trata de un tratamiento específico para la espasticidad en pacientes con esclerosis múltiple (EM) que no responden adecuadamente a otros medicamentos.
'Sativex' se administra en 'spray' para pulverización bucal, lo que permite una dosificación flexible, que resulta útil para el tratamiento de esta dolencia dada la naturaleza variable de la espasticidad y de la propia EM.
Los ensayos clínicos demuestran que 'Sativex' tiene un impacto positivo sobre la espasticidad, la calidad del sueño y la movilidad, permitiendo a los pacientes llevar a cabo tareas cotidianas como levantarse, vestirse o lavarse, lo que brinda una mayor independencia al paciente y reduce la frecuencia de los espasmos.
"Esta es una noticia esperanzadora para los pacientes y realmente interesante para los profesionales de la salud, ya que pone en nuestras manos otra opción terapéutica para los enfermos de esclerosis múltiple que hasta ahora no han podido obtener una mejoría de síntomas tales como la espasticidad, espasmos musculares, calambres o rigidez", asegura el Jefe de la Unidad de Esclerosis Múltiple del Servicio de Neurología del Hospital Clínico San Carlos de Madrid, Rafael Arroyo.
WEBS PARA PACIENTES
Asimismo, Almirall ha puesto a disposición de los pacientes y familiares o cuidadores una nueva web específica sobre la sintomatología relacionada con la EM -'www.vivirconem.com'-, con contenidos audiovisuales, que ayuda a entender las peculiaridades de los síntomas de esta enfermedad y proporciona consejos útiles para la vida cotidiana.
También se pone a disposición de los pacientes la web - 'www.tupuntodeapoyo.com'- y un teléfono de atención médica al paciente con servicio 24 horas para ayudarles a seguir la pauta de su tratamiento (titulación) a fin de conseguir el número óptimo de dosis diarias. Esta web es de acceso restringido para pacientes a quienes se ha prescrito 'Sativex'.
Se estima que en España hay alrededor de 40.000 personas con EM y hasta el 75 por ciento de ellas sufren espasticidad en el curso de su enfermedad. La espasticidad o rigidez muscular repercute de forma negativa en la vida diaria de los pacientes, mermando su capacidad para realizar actividades cotidianas como caminar, mantener una determinada postura, la movilidad en general o la función vesical (de la vejiga), además de problemas para dormir.
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martes, 15 de marzo de 2011
La esclerosis múltiple será una enfermedad controlada en 2015
La esclerosis múltiple será una enfermedad controlada en 2015
29-10-2010
La esclerosis múltiple se convertirá en una enfermedad controlada, como el sida, en 2015, según han coincidido destacados neurólogos reunidos en el X Congreso Internacional de Neurinmunología, que se celebra estos días en Sitges (Barcelona). |
El Dr. Pablo Villoslada, coordinador del congreso, ha remarcado los grandes avances en el conocimiento y tratamiento de la enfermedad en los dos últimos años, en que se han identificado unos 20 genes relacionados con la dolencia degenerativa. |
Fuente: Medicinatv.com
Condiciones de habitabilidad en las viviendas usadas o preexistentes
Estrategias de remielinización
New strategies to restore function in myelin-based disorders | |
Paul Tesar, PhD, of Case Western Reserve University, a member of the inaugural class of The New York Stem Cell Foundation - Robertson Investigators, published his research on the ability to isolate epiblast stem cells from preimplantation mouse embryos. This research enhances our understanding of the many forms of pluriportent stem cells that scientists use for researching so many debilitating diseases. "I think that this paper will change the way people think about what human ES cells represent from a developmental perspective," said Dr. Kevin Eggan, NYSCF Chief Scientific Officer and Associate Professor of Stem Cell and Regenerative Biology at the Harvard Stem Cell Institute. The study, "Isolation of Epiblast Stem Cells from Preimplantation Mouse Embryos", was published in Cell Stem Cell. In 2007, Dr. Tesar was the lead author on the study that first isolated mouse epiblast stem cells from post-implantation mouse embryos when he was a graduate student in the NIH-Oxford Biomedical Research Scholars program, splitting his time between the two institutions. Dr. Tesar's research focuses on understanding how different cell types in the nervous system are initially formed during development and how they are maintained throughout adult life. "My hope is that by understanding these basic questions we will be able to prevent or repair damage caused by disease, aging, and injury," said Dr. Tesar."Research in my lab has the potential to impact a number of devastating neurodegenerative and mental health conditions such as Parkinson's disease, ALS, Hungtington's disease, autism, and multiple sclerosis." Research in the Tesar lab aims to develop new strategies to restore function in patients afflicted with myelin-based disorders. Loss of myelin results in an impairment in the body's ability to send signals along the neurons. "Dr. Tesar is a wonderful young scientist and the research he is doing will provide significant advances for patients with myelin-based diseases," said Susan L. Solomon, Chief Executive Officer of The New York Stem Cell Foundation. "We are delighted to support Dr. Tesar's critical research, which has the potential to accelerate the path from bench to bedside. He is well on his way to a successful career." Notes: NYSCF named Dr. Tesar as one of six NYSCF Investigators at its Fifth Annual Translational Stem Cell Research Conference last October as an expansion of its ongoing efforts to promote the next generation of stem cell scientists. Each of the NYSCF - Robertson Investigators receive $1.5 million over the next five years to expand their own laboratories, train other scientists and foster innovative high-risk/high reward research to explore the therapeutic potential of stem cells derived from humans and model organisms. This funding will support the most promising and creative scientists whose research projects have the potential to accelerate the path from bench to bedside. Source: Medical News Today © 2011 MediLexicon International Ltd (11/03/11) |
Vitamina D y embarazo
Vitamin D, pregnancy, breastfeeding, and postpartum MS relapses | |
Abstract Design: Prospective cohort study. Setting: Outpatients identified through membership records of Kaiser Permanente Northern California or Stanford University outpatient neurology clinics. Patients: Twenty-eight pregnant women with MS. Interventions: We prospectively followed up patients through the postpartum year and assessed exposures and symptoms through structured interviews. Total serum 25(OH)D levels were measured using the DiaSorin Liaison Assay during the third trimester and 2, 4, and 6 months after giving birth. The data were analyzed using longitudinal multivariable methods. Main Outcome Measures: Levels of 25(OH)D and relapse rate. Results: Fourteen (50%) women breastfed exclusively, and 12 women (43%) relapsed within 6 months after giving birth. During pregnancy, the average 25(OH)D levels were 25.4 ng/mL (range, 13.7-42.6) and were affected only by season (P = .009). In contrast, in the postpartum period, 25(OH)D levels were significantly affected by breastfeeding and relapse status. Levels of 25(OH)D remained low in the exclusive breastfeeding group, yet rose significantly in the nonexclusive breastfeeding group regardless of season (P = .007, unadjusted; P = .02, adjusted for season). By 4 and 6 months after childbirth, 25(OH)D levels were, on average, 5 ng/mL lower in the women who breastfed exclusively compared with the nonbreastfeeding group (P = .001). Conclusions: Pregnancy and exclusive breastfeeding are strongly associated with low 25(OH)D levels in women with MS. However, these lower vitamin D levels were not associated with an increased risk of postpartum MS relapses. These data suggest that low vitamin D in isolation is not an important risk factor for postpartum MS relapses. Annette Langer-Gould, MD, PhD; Stella Huang, MS, DO; Stephen K. Van Den Eeden, PhD; Rohit Gupta, BS; Amethyst D. Leimpeter, MS; Kathleen B. Albers, MPH; Ron Horst, PhD; Bruce Hollis, PhD; Lawrence Steinman, MD; Lorene M. Nelson, PhD Author Affiliations: Department of Research and Evaluation, Kaiser Permanente Southern California, Pasadena (Dr Langer-Gould); Department of Health Research and Policy, Stanford University School of Medicine, Stanford, California (Drs Langer-Gould, Huang, Steinman, and Nelson and Mr Gupta); Division of Research, Kaiser Permanente Northern California, Oakland (Drs Van Den Eeden and Leimpeter and Ms Albers); Heartland Assays Inc, Ames, Iowa (Dr Horst); and Medical University of South Carolina, Charleston (Dr Hollis). Dr Huang is now with Loyola University Medical Center, Maywood, Illinois. Source: Arch Neurol. 2011;68(3):310-313. doi:10.1001/archneurol.2010.291 © 2011 American Medical Association. (15/03/11) |
domingo, 13 de marzo de 2011
NORMATIVA DE ACCESIBILIDAD
NORMATIVA ACCESIBILIDAD
NORMATIVA EUROPEA SOBRE ACCESIBILIDAD
- Resolución del Consejo de 6 de febrero de 2003 sobre Accesibilidad Electrónica.
- Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las personas con discapacidad.
- Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité económico y social y al Comité de las Regiones. Hacia una Europa sin barreras para las personas con discapacidad (COM 2000-284 final).
- Directiva 2000/78/CE del Consejo de 27 de noviembre de 2000 relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación.
- Resolución B4/0985/98 del Parlamento Europeo, sobre el lenguaje mímico.
- Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad (DB-SUA-9).
- Ley 51/2003 de 2 de diciembre sobre Igualdad de Oportunidades No Discriminación y Accesibilidad Universal, LIONDAU B.O.E. 289, 3 de diciembre de 2003.
- Real Decreto 2159/78 por el que se aprueba el reglamento de planeamiento para el desarrollo y aplicación de la ley sobre régimen del suelo y ordenación urbana (BOE 15/09/78).
- Real Decreto 355/80 de 25 de enero sobre reserva y situación de las viviendas de protección oficial destinadas a minusválidos (BOE 28/02/80).
- Orden del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo sobre las características de los accesos, aparatos elevadores y condiciones interiores de las viviendas para minusválidos proyectadas en inmuebles de protección oficial (BOE 18/03/80).
- Real Decreto 248/81 sobre medidas de distribución de la reserva de viviendas destinadas a minusválidos establecidas en el RD 355/80 de 25 de enero (BOE 26/10/81).
- Orden del Ministerio de Educación y Ciencia por la que se aprueban los programas de necesidades para la redacción de los proyectos de construcción y adapatación de centros de educación especial (BOE 06/04/81).
- Real Decreto 1634/83 por el que se establecen normas de clasificación de los establecimientos hoteleros (BOE 17/06/83).
- Real Decreto 2329/83 sobre protección a la rehabilitación del patrimonio residencial y urbano (BOE 07/09/83).
- Orden del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo por la que se regulan las condiciones de tramitación de las ayudas de protección a la rehabilitación de viviendas (BOE 25/11/83).
- Real Decreto 3250/83 por el que se regula el uso de perros guía para deficientes visuales (BOE 02/01/84).
- Real Decreto 556/89 por el que se arbitran medidas mínimas sobre accesibilidad en los edificios públicos (BOE 31/05/89).
- Ley 3/90 por el que se modifica la Ley 49/60 de propiedad horizontal, para facilitar la adopción de acuerdos que tengan por finalidad la adecuada habitabilidad de minusválidos en el edificio de su vivienda (BOE 22/06/90).
- Orden del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo por la que se modifica la instrucción técnica complementaria MIE-AEM 1 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención (BOE 17/09/91).
- Ley 29794 de Arrendamientos Urbanos (BOE 25/11/94).
- Ley 15/95 sobre límites del dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad (BOE 31/05/95).
- Ley 8/99 de Reforma de la Ley 49/60 de 21 de julio sobre Propiedad Horizontal (BOE 08/04/99).
- Ley 38/99 de Ordenación de la Edificación (BOE 06/11/99).
- Real Decreto 1/2002 de 11 de enero, sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan 2002-2005 (BOE 12/01/02).
- Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones (BOE 11/05/07).
- Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociega (BOE 24/10/07).
- Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social (BOE 21/11/07).
ANDALUCÍA
_Decreto 72/92 de 5 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas para la accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas y en el transporte de Andalucía.
_ Decreto 133/92, de 21 de julio, por el que se establece el régimen transitorio en la aplicación del decreto 72/92, de 5 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas para la accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas.
_ Orden 3/95, de 3 de mayo de 1995, por la que se crea una comisión técnica dependiente de la comisión de accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y del transporte en Andalucía.
_ Orden 5/96, de 5 de septiembre de 1996, por la que se aprueba el modelo de ficha para la justificación del cumplimiento del Decreto 72/1992, de 5 de mayo, de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía.
_ Ley 5/98 de 23 de noviembre, relativa al uso en Andalucía de perros guía por personas con disfunciones visuales.
ARAGÓN
_Decreto 126/89 de 17 de octubre, de la Diputación General de Aragón, por la que se crea la Comisión Interdepartamental para la supresión de barreras arquitectónicas (Boletín nº 114 de 30/10/89).
_ Decreto 89/91, de 16 de abril, de la Diputación General de Aragón, para la supresión de barreras arquitectónicas (Boletín nº 52 de 29/04/91).
_ Orden 13/91 de 13 de mayo, del departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, por la que se establece un sistema de información y asesoramiento sobre las cuestiones de orden técnico que se planteen en la aplicación del Decreto 89/91, de 16 de abril, de la Diputación General de Aragón, para la supresión de barreras arquitectónicas.
_ Ley 3/97 de 7 de abril de promoción de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas, de transportes y de la comunicación (Boletín nº 44 de 18/04/97).
_ Decreto 108/00 de 29 de mayo, del Gobierno de Aragón, de modificación del Decreto 19/99 de 9 de febrero por el que se regula la promoción de la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas, de transportes y de la comunicación (Boletíb nº 66 de 07/06/00).
ASTURIAS
_ Decreto 53/85 por el que se establecen normas de adjudicación de viviendas de promoción pública del Principado de Asturias (Boletín 27/05/85).
_ Ley 5/95 de 6 de abril de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas (Boletín nº 89 de 19/04/95).
_ Decreto 8/98 de 19 de febrero que regula el acceso de personas conminusvalías a las viviendas de protección oficial promovidas por el Principado de Asturias.
_ Decreto 39/98, de 25 de junio, de normas de diseño en edificios destinados a vivienda (BOPA 16/07/98).
_ Decreto 180/99 de 6 de abril, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras.
_ Decreto 37/2003 de 22 de mayo, por el que se desarrolla la Ley 5/95 de 6 de abril de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas (Boletín 134 de 11/06/03).
BALEARES
_Ley 3/93, de 4 de mayo, para la mejora de la accesibilidad y de la supresión de las barreras arquitectónicas (Boletín nº 62 de 20/05/93).
_ Decreto 96/94 de 27 de julio, de la Consellería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio por el que se aprueba el Reglamento para la mejora de la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas (Boletín nº 115 de 20/09/94).
_ Decreto 215/96 de 12 de diciembre de la Consellería de Fomento de subvenciones para la supresión de barreras arquitectónicas (Boletín nº 60 de 21/01/97).
_ Ley 5/99 de 31 de marzo de perros guía.
_ Decreto 20/03 de 28 de febrero, de la Consellería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes
CANARIAS
_ Decreto 63/89 de adjudicación de viviendas de promoción pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (Boletín 29/05/89).
_ Ley 11/89 de viviendas para Canarias (Boletín 21/07/89).
_ Ley 8/95 de 6 de abril, de la Presidencia del Gobierno, de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación (Boletín nº 50 de 24/04/95).
_ Decreto 227/97, de 18 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 8/95, de 6 de abril, de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación (BOC 21/11/97).
_ Decreto 148/2001, de 9 de julio, por el que se modifica el Decreto 227/97, que aprueba el reglamento de la Ley 8/95 de 6 de abril, de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas y de la comunicación (BOC 18/07/01).
CANTABRIA
_ Decreto 61/90 de 6 de julio, sobre evitación y supresión de barreras arquitectónicas y urbanísticas en Cantabria (Boletín nº 239 de 29/11/90).
_ Ley 3/96, de 24 de septiembre, sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas y de la comunicación (Boletín nº 198 de 02/10/96).
CASTILLA LA MANCHA
_ Decreto 71/85 sobre eliminación de barreras arquitectónicas (Boletín 16/07/85).
_ Ley 1/94 de 24 de mayo de accesibilidad y eliminación de barreras en Castilla la Mancha (Boletín nº 32 de 24/06/94).
_ Decreto 25/96 de 27 de febrero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Regional de Accesibilidad (Boletín nº 20 de 26/04/96).
_ Decreto 158/97 de 2 de diciembre, del Código de accesibilidad de Castilla la Mancha (Boletín nº 54 de 05/12/97).
CASTILLA Y LEÓN
_ Ley 3/98, de 24 de junio, de accesibilidad y supresión de barreras (Boletín nº 123 de 01/07/98).
_ Decreto 375 de 18 de diciembre que desarrolla la ley de accesibilidad y supresión de barreras (Boletín 15/12/00).
_ Decreto 100/00 de 4 de mayo, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, por el que se aprueba el reglamento de la Comisión asesora para la accesibilidad y la supresión de barreras de Castilla y León (Boletín nº 89 de 10/05/00).
CATALUÑA
_ Decreto 100/84 sobre supresión de barreras arquitectónicas (Boletín 18/04/84).
_ Ley 20/91, de 25 de noviembre, de la Presidencia de la Generalitat, de promoción de la accesibilidad y de supresión de barreras arquitectónicas (Boletín nº 1526 de 04/12/91).
_ Ley 24/91 de la vivienda (Boletín 15/01/92).
_ Decreto 256/92 de composicón del Consejo asesor de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas (Boletín 27/11/92).
_ Ley 10/93, de 8 de octubre, que regula el acceso al entorno de las personas con disminución visual acompañadas de perros lazarillo.
_ Orden del Departamento de Bienestar Social de aprobación del Reglamento de régimen interno del Consejo para la promoción de la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas (Boletín 27/12/93).
_ Decreto 135/95 de 24 de marzo, del departamento de Bienestar Social de desarrollo de la Ley 20/91 de 25 de noviembre de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas y de aprobación del Código de Accesibilidad (Boletín nº 2043 de 28/04/95).
_ Decreto 204/99 de 27 de julio, por el que se da nueva redacción al Decreto 135/95 (Boletín nº 2944 de 03/08/99).
_ Decreto 55/09, de 7 de abril, sobre las condiciones de habitabilidad de las viviendas y la cédula de habitabilidad.
EXTREMADURA
_ Ley 8/97 de 18 de junio de promoción de la accesibilidad en Extremadura (Boletín nº 77 de 03/07/97).
_ Decreto 153/97 de 22 de diciembre de la Consejería de Obras Públicas y Transportes por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de promoción de la accesibilidad en Extremadura (Boletín nº 9 de 24/01/98).
_ Decreto 195/99 por el que se establecen condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas de nueva construcción (Boletín 23/12/99).
GALICIA
_ Decreto 81/87 de 26 de marzo, sobre movilidad y accesibilidad de los minusvalidos en los edificios dependientes de la Xunta de Galicia (Boletín nº 62 de 27/04/87).
_ Decreto 286/92 de accesibilidad y eliminación de barreras (Boletín 21/10/92).
_ Ley 5/96 de 6 de junio de la Presidencia, sobre el acceso al entorno de las personas con deficiencia visual (Boletín nº 119 de 18/06/96).
_ Ley 8/97 de 20 de agosto de la Presidencia, de accesibilidad y supresión de barreras en la Comunidad Autónoma de Galicia (Boletín nº 166 de 29/08/97).
_ Decreto 35/00, de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se aprueba el Reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley de accesibilidad y supresión de barreras en la Comunidad Autónoma de Galicia (Boletín nº 41 de 29/02/00).
MADRID
_ Ley 8/93 de 22 de junio, de la Presidencia de la Comunidad, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas (Boletín nº 152 de 29/06/98).
_ Decreto 5/94 sobre adjudicación de viviendas de titularidad pública en la Comunidad de Madrid (Boletín 07/02/94).
_ Ley 10/96 de 29 de noviembre, por el que se modifica la composición del Consejo para la promoción de la accesibilidad y la supresión de barreras, prevista en el artículo 46.2 de la Ley 8/93 de 22 de junio (Boletín nº 295 de 12/12/96).
_ Decreto 153/97 de 13 de noviembre, de la Consejería de la Presidencia, por el que se establece el régimen jurídico de fondo para la supresión de barreras y promoción de la accesibilidad (Boletín nº 276 de 20/11/97).
_ Decreto 138/98 de 23 de julio, de la Consejería de la Presidencia, por el que se modifican determinadas especificaciones técnicas de la Ley 8/93 de 22 de junio, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas (Boletín nº 179 de 30/07/98).
_ Decreto 141/98 de 30 de julio del Consejo de Gobierno, por el que se regulan las ayudas técnicas destinadas a la eliminación de barreras y a la promoción de ayudas técnias (Boletín nº 186 de 07/08/98).
_ Ley 23/98 sobre el acceso de las personas ciegas o con deficiencia visual usuarias del perro guía al entorno (Boletín 04/01/99).
_ Decreto 71/99 de 20 de mayo de la Consejería de la Presidencia, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del régimen sancionador en materia de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas (Boletín nº 125 de 28/05/99).
_ Decreto 195/00 regulador del proceso de adjudicación de viviendas de la Comunidad de Madrid (Boletín 04/09/00).
MURCIA
_ Decreto 39/87 de 4 de junio sobre supresión de barreras arquitectónicas (Boletín nº 185 de 14/08/87).
_ Orden de 15 de octubre de 1991, de la Consejería de Política Territorial, de Obras Públicas y Medio Ambiente, sobre accesibilidad de espacios públicos y edificación (BORM 11/11/91).
_ Ley 5/95 de 7 de abril, de condiciones de habitabilidad en edificios de viviendas y de promoción de la accesibilidad general (Boletín nº 102 de 04/05/95).
LA RIOJA
_ Decreto 38/88 sobre eliminación de barreras arquitectónicas (Boletín 29/09/88).
_Decreto 21/89 de 7 de abril, por el que se modifica el Decreto 38/88 de 16 de septiembre, sobre eliminación de barreras arquitectónicas (Boletín nº 44 de 13/04/89).
_ Ley 5/94 de 19 de julio de supresión de barreras arquitectónicas y promoción de la accesibilidad (Boletín nº 91 de 23/07/94).
_ Decreto 19/00 de 28 de abril, de la Consejería de Obras Públicas, Transportes, Urbanismo y Vivienda, por el que se aprueba el Reglamento de accesibilidad en relación con las barreras urbanísticas y arquitectónicas, en desarrollo parcial de la Ley 5/94 de 19 de julio (Boletín nº 64 de 20/05/00).
NAVARRA
_ Decreto Foral 74/87 de 26 de marzo, sobre eliminación de barreras arquitectónicas en obras y construcciones propias o subvencionadas por la administración de la Comunidad Foral (Boletín nº 41 de 08/04/87).
_ Ley Foral 4/88 sobre barreras físicas y sensoriales (Boletín 15/07/88).
_ Decreto Foral 250/88 por el que se crea la Comisión interdepartamental de barreras físicas y sensoriales (Boletín 17/10/88).
_ Decreto Foral 154/89 por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y aplicación de la Ley Foral 4/88 sobre barreras físicas y sensoriales (Boletín 21/07/89).
_ Decreto Foral 57/90 por el que se aprueba el Reglamento para la eliminación de barreras físicas y sensoriales en el transporte (Boletín 26/03/90).
_ Orden Foral de la Consejería de Bienestar Social, Deporte y Vivienda, por las que se determinan las características de los ascensores en los edificios de viviendas (Boletín 20/06/94).
_ Decreto Foral 4040/95 de 25 de septiembre, por el que se modifica parcialmente el Decreto Foral 250/88 de 6 de octubre, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de barreras físicas y sensoriales (Boletín 124 de 06/10/95).
_ Ley Foral 7/95, de 4 de abril, reguladora del régimen de libertad de acceso, deambulación y permanencia en espacios abiertos y otros delimitados, correspondiente a personas con disfunción visual severa o ayudadas por perros guía. (BON 12/04/95).
_ Orden Foral 37/1997, de 4 de abril, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de subvenciones para la adquisición y/o adaptación de vehículos con destino a personas minusválidas. (BON 25/04/97).
_ Decreto Foral 325/00 de modificación del Decreto Foral 205/88 por el que se crea la Comisión Interdepartamental de barreras físicas y sensoriales (Boletín 27/10/00).
_ Ley Foral 16/02, de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra.
_ Ley Foral 22/03, de 25 de marzo, de modificación de la Ley Foral 4/88, de 11 de julio, sobre barreras físicas y sensoriales.
PAÍS VASCO
_ Decreto 58/81 de supresión de barreras urbanísticas (Boletín 21/05/81).
_Decreto 16/83, de 19 de diciembre, sobre normativa para la supresión de barreras arquitectónicas (Boletín 21/05/81).
_ Orden del Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, por el que se aprueban las ordenanzas de diseño de viviendas de protección oficial (Boletín 17/06/94).
_ Decreto 214/96 sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado (Boletín 13/08/96).
_ Ley 20/97 de 4 de diciembre, para promoción de la accesibilidad (Boletín nº 246 de 24/12/97).
_ Decreto 68/00 de 11 de abril del departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda Medio Ambiente, por el que se aprueban normas técnias sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación (Boletín nº 110 de 12/06/00).
COMUNIDAD VALENCIANA
_ Decreto 193/88 de 12 de diciembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueban las normas para la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas (Boletín nº 997 de 02/02/89).
_ Decreto 286/97, de 25 de noviembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueban las normas de Habitabilidad, Diseño y Calidad de viviendas en el ámbito de la Comunidad Valenciana (DOGV 4/12/97).
_ Ley 1/98 de 5 de mayo, de la Generalitat Valenciana, de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas y la comunicación (Boletín nº 3237 de 07/05/98).
_ Decreto 39/04, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la ley 1/98 de 5 de mayo de 1998, de la Generalitat Valenciana, en materia de accesibilidad en la edificación de pública concurrencia y en el medio urbano.
_ Ley 3/04, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación (LOFCE) (DOGV 2/7/04).
_ Decreto 167/06, de 3 de noviembre, del Consell, que desarrolla la Ley 12/03, de 10 de abril, de la Generalitat, sobre perros de asistencia para personas con discapacidades. (DOGV 7/11/06).